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O artigo visa dar uma visão interdisciplinar do problema do direito de transformar a obra musical original e sua possível conceituação como obra derivada. Devido ao escasso tratamento do assunto que é dado pelo Texto Consolidado da Lei de Propriedade Intelectual Espanhola, freqüentemente surgem conflitos quando o autor de uma composição original autoriza sua incorporação em uma nova, detendo o poder de ter sua obra mantida integralmente intacta sem sofrer danos ou deformação, uma vez que você consentiu com sua exibição ou exploração. No âmbito jurídico e musicológico, pretende-se dar uma abordagem transversal e estabelecer critérios objetivos relacionados com o campo musical que, imersos na legislação de propriedade intelectual, consigam dar resposta às dúvidas que surgiram quanto à atual e intrincada situação da a delimitação da transformação das obras musicais. A hipótese de partida é a profusão de imprecisões, a falta de elementos que delimitem com segurança a variedade de conceitos atribuíveis a obras musicais originais que podem ser objeto de obras derivadas; bem como a procrastinação do legislador ao abordar este problema. Destacam-se as lacunas existentes e a escassez de estudos nesta matéria em ambas as áreas, tanto no âmbito dos estudos musicológicos, como no tratamento da doutrina e jurisprudência nacional, que são escassos, também em relação ao direito comparado.
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