Controversias laborales con elementos extranjeros en el derecho colombiano
Labour dispute with foreign elements in Colombian law
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Teniendo en cuenta la ausencia de normas específicas que regulen todas las controversias originadas en contratos de trabajo con elementos extranjeros, el objetivo principal de la investigación es proporcionar herramientas de interpretación a los operadores jurídicos.
Durante el desarrollo del proyecto se analizaron cuáles son los conflictos originados en los contratos de trabajo, el ámbito de aplicación y las soluciones brindadas por el Derecho internacional privado colombiano a la luz de los principios constitucionales; así como de la doctrina y la jurisprudencia en la materia.
Como resultado, se establecieron los casos enmarcados en la materia, cuándo se presenta el denominado conflicto de leyes, las reglas para determinar el derecho aplicable, la jurisdicción internacional y la importancia que revisten en la materia el domicilio del empleado y del empleador, así como el lugar de celebración, el lugar de prestación del servicio y la autonomía de la voluntad de las partes.
En conclusión, se estableció como regla general que el contrato de trabajo se regirá por la ley elegida por las partes, sumada a la aplicación del principio de la regla más favorable; o en ausencia de elección, se aplicará el derecho señalado por la norma de conflicto, es decir, la ley del lugar de prestación del servicio de conformidad con el principio de primacía de la realidad.
Finalmente, los principales criterios atributivos de jurisdicción son: el lugar de cumplimiento y del domicilio del demandado.
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Albornoz, María M. “El derecho aplicable a los contratos internacionales en los Estados del MERCOSUR”. EN: Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM IX:35–68México. Universidad Nacional de México;2009
Arenas Monsalve, G. “El trabajo y la seguridad social en la Constitución de 1991”. EN: Revista de Derecho Privado, No. 10. Mayo de 1992, Bogotá D.C. Universidad de Los Andes.
Boggiano, A. 2nd ed. Contratos internacionales. Buenos Aires: Ed. De Palma; 1995.
Boggiano, A. Derecho Internacional Privado, 4ª. Buenos Aires:Abeledo-Perrot, 3 vol, 2000-2001.
Meyer Russomano, G. Derecho internacional privado del trabajo. Universidad Nacional Autónoma de México; 1987.
DeVedia, G. El régimen de los expatriados. Perspectivas en los derechos laboral, de la seguridad social y fiscal. AR/DOC/3346/2011 /7. Buenos Aires, La Ley, 2011, p. 1–9
DreyzinDe Klor, A.Uriondo De Martinoli, A. y NoodtTaquela, M. Dimensiones convencional e institucional de los sistemas de jurisdicción internacional de los Estados mercosureños, EN: Fernández Arroyo, Diego P., coordinador, Derecho Internacional Privado de los Estados del Mercosur, Buenos Aires, Zalavía, 2003.
Fermé, Eduardo Leopoldo, González Pereira, Demetrio Oscar y Ferrante, C. Gustavo. Jurisdicción y ley aplicable en materia de relaciones laborales transfronterizas y sus implicancias e la seguridad social. Ponencia. EN: Anuario AADI XIX 2010. XIX Congreso Argentino de Derecho Internacional “Argentina y su proyección Latinoamericana”. Sección de Derecho Internacional Privado. Rosario.
Fernández Arroyo D. (coordinador),Derecho Internacional Privado de los Estados del Mercosur. Buenos Aires: Zavalía; 2003.
FresnedoDe Aguirre, C. Aspectos generales del sector del derecho aplicable. EN: Fernández Arroyo, Diego P., coordinador. Derecho Internacional Privado de los Estados del Mercosur. Buenos Aires:Zalavía; 2003,
Godoy C. XXII Congreso Nacional de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. 2003.
Goldschmidt W. Derecho Internacional Privado. 7th ed. Buenos Aires: Depalma; 1990.
Marín Fuentes, J.El contrato de compraventa internacional de mercaderías en el marco regulatorio colombiano. EN: Estudios de Derecho -Estud. Derecho- Vol. LXVII. Nº 149, Junio 2010, Medellín.
Marín Fuentes, J. La competencia judicial en Colombia, una mirada desde el derecho internacional privado. EN: Instituto de Investigaciones Jurídicas, Revista de derecho privado, UNAM V, Nº 9, enero-junio, México, 2016, pp. 195-239.
Monroy Cabra, Marco Gerardo. Tratado de derecho internacional privado, 6th ed. Bogotá: Temis S.A., 2006.
Orejuelo Prieto De Los Mozos, P. El Derecho Internacional Privado Colombiano ante la Ley Modelo OHADAC de DIPr. EN: Anuario Español de Derecho internacional privado, t. XIII, 2013, pp. 681-697. http://eprints.ucm.es/27862/1/DIPr%20Colombia.pdf. Fecha de consulta: 20/04/2017.
Oviedo Alban, J. 2012 ‘La ley aplicable a los contratos internacionales (Spanish)’, Thelawapplicabletointernationalcontracts. (English) EN: Revista Colombiana de Derecho Internacional. julio – diciembre 2012, 21:117–157, Bogotá.
Pardo A. Derecho internacional privado. Parte general. 5th ed. Buenos Aires: Ghersi; 1988.
Roldan Prado, J. “El Estado del Arte del concepto de orden público internacional en el ámbito del Derecho Internacional Privado y el arbitraje internacional”. EN: Revista de Derecho Privado No. 44, Julio – Diciembre de 2010, Bogotá, Facultad de Derecho, Universidad de los Andes, p. 1-30.
Scotti L. Manual de Derecho Internacional Privado. Buenos Aires: La Ley; 2017.
Servais J. Derecho Internacional del trabajo. Buenos Aires: Heliasta SRL; 2011.
Veytia, H. “La Convención Interamericana sobre derecho aplicable a los contratos internacionales”. EN: Instituto de Investigaciones Jurídicas. Anuario Mexicano de Derecho Internacional. Vol. No. 25. Agosto 1995 – II.
Jurisprudencia
CSJ. S. Cas. Lab. M.P. Dr. Hugo Suescun Pujols. 23/07/1.993. Rad. No. 5896.
CSJ. S. Cas. Lab.. M.P. Dr. Jorge Iván Palacio Palacio. 05/05/1995. Rad. No. 6857.
CSJ. S. Cas. Lab. M.P. Dr. Germán G. Valdés Sánchez. 28/05/1998. Rad. No. 10661. Enniss Stephen Allen contra Digicon Geophysical Corporation.
CSJ. S. Cas. Lab. M.P. Dr. Francisco Escobar Henriquez. 22/11/1998. Rad. No. 10461. Roberto Rueda Rico contra Aerovías Nacionales de Colombia S.A “AVIANCA”.
CSJ. S. Cas. Lab. M.P. Dr. Luis Gonzalo Toro Correa. 28/10/1999. Rad. No. 11243. Jorge Hernán Osorio Isaza contra la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia.
C.Const. C-386/2000. M.P. Dr. Antonio Barrera Carbonel.
CSJ. S. Cas. Lab. M.P. Dr. José Roberto Herrera Vergara. 28/06/ 2001. Rad. No. 15468.
CSJ. S. Cas. Civ. M.P.: Dr. Edgardo Villamil Portilla.06/08/2004.
C.Const. C-177/05. M.P Dr. Manuel José Cepeda Espinosa. 01/03/2005.
C.Const. C-401/05. 14/04/2005. M.P. Dr. Manuel José Cepeda Espinosa.
CSJ. S. Cas. Lab. M.P. Dra. Isaura Vargas Díaz. 14/09/2005. Rad. No. 24464.
CSJ. S. Cas. Lab. M.P. Dra. Isaura Vargas Díaz. 14/09/2005. Rad. No. 24464. Liliana Gómez Molina contra Banco de Comercio Exterior S.A. “BANCOLDEX” y la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. “FIDUCOLDEX”.
CSJ. S. Cas. Lab. M.P. Dr. Gustavo José Gnecco Mendoza. 10/02/2009. Rad. No. 31301.
CSJ. S. Cas. Lab. M.P. Dr. Gustavo José Gnecco Mendoza. 01/07/2009. Norman Ramírez Yusti contra Hospital Infantil Universitario “Rafael Henao Toro” Cruz Roja Colombiana Seccional Caldas.
CSJ. SS. Cas. Lab. M.P. Dr. Francisco Javier Ricaurte Gómez. 01/03/2011. Manuel Antonio Martínez Robat contra Fondo Latinoamericano de Reservas – FLAR (antes Fondo Andino de Reservas).
C.Const. C-470/11. M.P.: Dr. Nilson Pinilla Pinilla. 13/06/2011. Rad. D-8303.
Organismos consultados
CANCILLERÍA. República de Colombia. Biblioteca virtual. http://www.cancilleria.gov.co
CONFERENCIA DE LA HAYA. https://www.hcch.net/
CORTE CONSTITUCIONAL. República de Colombia. http://www.corteconstitucional.gov.co.
OEA. Organización de Estados Americanos. http://www.oas.org.
OHADAC. Organización para la Armonización del Derecho Mercantil en el Caribe. http://www.ohadac.com
OIT. Organización Internacional del Trabajo. http://www.ilo.org.
RAMA JUDICIAL. República de Colombia. Http: //www.ramajudicial.gov.co
SECRETARIA DEL SENADO. República de Colombia. www.secretariadelsenado.gov.co
UNIDROIT. International Institute for the Unifiaction of Private Law. http://www.unidroit.org.