Las circunscripciones especiales transitorias de paz, ¿una propuesta para mejorar la representación política de los sectores y las regiones más afectadas por el conflicto armado interno?
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El Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera establece en el punto dos, relativo a la participación política, un pacto de “apertura democrática” que busca la profundización de la democracia y la participación de sectores que han sido excluidos históricamente de la representación política.
Las propuestas de este Acuerdo se ubican en mecanismos para fortalecer la participación ciudadana, ofrecer garantías a la oposición y reformar la organización electoral para que goce de autonomía e independencia.
Dentro de esos mecanismos de “apertura democrática” se encuentra la propuesta de las Circunscripciones especiales transitorias de paz para la Cámara de Representantes, la cual se cierne bajo el convencimiento de que la política en Colombia ha sido un elemento de la violencia y de que el conflicto armado tiene profundas causas políticas relacionadas con una democracia restringida, ilegitimidad en el sistema de partidos además de problemas de representación política.
Palabras claves: violencia política, Acuerdo de paz, participación política, reformas políticas, representación política, circunscripciones electorales de paz.
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- barbragome16@gmail.com
- Politóloga de la Universidad del Cauca, Abogada de la Universidad Icesi, Especialista en Derecho Empresarial de la Universidad del Cauca – Universidad Autónoma de Bucaramanga, Magíster en Derechos Humanos de la Universidad Externado de Colombia – Carlos III de Madrid. Docente investigadora de la Corporación Universitaria Autónoma del Cauca.
- El Acuerdo Final fue inicialmente firmado en Cartagena el 26 de septiembre de 2016 y fue sometido el 2 de octubre de ese año a votación del pueblo mediante la figura del plebiscito ganando el no por un porcentaje del 0.47%. De esta suerte la mesa de diálogos de la Habana recogió e incorporó las propuestas de los líderes de campaña de quienes propugnaron por el No, eso llevo a un nuevo Acuerdo firmado el 24 de noviembre de 2016.
- Las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz se conformarían de la siguiente forma:
- “Circunscripción 1
- Municipios del Cauca: Argelia, Balboa, Buenos Aires, Caldono, Caloto, Cajibío, Corinto, El Tambo, Jambaló, Mercaderes, Morales, Miranda, Patía, Piendamó, Santander de Quilichao, Suárez y Toribío. Municipios de Nariño: Cumbitara, El Rosario, Leiva, Los Andes, Policarpa y los municipios de Florida y Pradera, Valle del Cauca.
- Circunscripción 2
- Conformada por Arauquita, Fortul, Saravena y Tame. Departamento de Arauca.
- Circunscripción 3
- Municipios del departamento de Antioquia: Amalfi, Anorí, Briceño, Cáceres, Caucasia, El Bagre, Ituango, Nechí, Remedios, Segovia, Tarazá, Valdivia, Zaragoza.
- Circunscripción 4
- Constituida por 8 municipios de Norte de Santander: Convención, El Carmen, El Tarra, Hacarí, San Calixto, Sardinata, Teorama y Tibú.
- Circunscripción 5
- Municipios del departamento del Caquetá: Florencia, Albania, Belén de Los Andaquíes, Cartagena del Chairá, Curillo, El Doncello, El Paujil, Montañita, Milán, Morelia, Puerto Rico, San José de Fragua, San Vicente del Caguán, Solano, Solita y Valparaiso, y el Municipio de Algeciras del Departamento del Huila.
- Circunscripción 6
- Municipios del Departamento de Choco: Bojayá, Medio Atrato, Itsmina, Medio San Juan, Litoral de San Juan, Novita, Sipi, Acandí, Carmen del Darién, Riosucio, Unguía, Condoto y dos municipios de Antioquia Vigia del Fuerte y Murindo.
- Circunscripción 7
- Municipios del departamento del Meta: Mapiripán, Mesetas, La Macarena, Uribe, Puerto Concordia, Puerto Lleras, Puerto Rico y Vistahermosa y 4 municipios del departamento del Guaviare San José del Guaviare, Calamar, El Retorno y Miraflores.
- Circunscripción 8
- Municipios del departamento de Bolívar: Córdoba, El Carmen de Bolívar, El Guamo, María La Baja, San Jacinto, San Juan de Nepomuceno y Zambrano. Municipios de Sucre: Colosó, Chalan, Los Palmitos, Morroa, Ovejas, Palmito, San Onofre y Toluviejo.
- Circunscripción 9
- Municipios del Cauca: Guapi, López de Micay y Timbiquí, Buenaventura, del departamento del Valle del Cauca.
- Circunscripción 10
- Está constituida por 11 municipios del departamento de Nariño: Barbacoas, El Charco, La Tola, Maguí, Mosquera, Olaya Herrera, Francisco Pizarro, Ricaurte, Roberto Payan, Santa Barbara y Tumaco.
- Circunscripción 11
- Municipios del departamento del Putumayo: Orito, Puerto Asís, Puerto Caicedo, Puerto Guzmán, Puerto Leguízamo, San Miguel, Valle del Guamuez y Villagarzón
- Circunscripción 12
- Municipios del Cesar: Agustín Codazzi, Becerril, La Jagua de Ibirico, La Paz, Pueblo Bello y Valledupar. Municipios de La Guajira: Dibulla, Fonseca, San Juan del Cesar. Municipios del Magdalena: Aracataca, Santa Marta, Ciénaga y Fundación.
- Circunscripción 13
- Municipios del departamento de Bolívar: Arenal, Cantagallo, Morales, San Pablo, Santa Rosa Del Sur y Simití y el municipio de Yondo del departamento de Antioquia.
- Circunscripción 14
- Municipios de Córdoba: Puerto Libertador, San José de Uré, Valencia, Tierralta y Montelibano.
- Circunscripción 15
- Municipios del departamento del Tolima: Ataco, Chaparral, Planadas y Rioblanco.
- Circunscripción 16
- Municipios del departamento de Antioquia: Carepa, Chigorodó, Dabeiba, Mutatá, Necoclí, San Pedro de Urabá, Apartadó y Turbo”.
- Estas disposiciones se incluyeron en el debate de Plenaria de Senado, lo cual significa que de los 16 representantes a la Cámara al menos 8 serán víctimas del conflicto armado interno.
- Nuevo artículo que se incluye en Plenaria de Senado.
- Disposición que se integra en debate de Plenaria del Senado pero que se dispuso en el Acuerdo de Paz entre las Farc y el gobierno nacional.
- Disposición que se integra en el debate en Plenaria de Senado.
- Este artículo se incluyó en el proyecto debatido en Plenaria de Senado, con él se busca impedir que en los sitios que comprenden las circunscripciones, muchos de los cuales en la actualidad se encuentran afectados por violencia y cultivos ilícitos, sean manipulados los certámenes de votación por grupos armados ilegales y grupos criminales. Tal régimen abre la posibilidad de que el Presidente de la República cancele elecciones en puestos de votaciones si se evidencia amenazas en alguna de las 16 circunscripciones.
- Según la MOE (2017) los municipios son: Santander de Quilichao (Cauca), Caucasia (Antioquia), Florencia (Caquetá), El Carmen del Bolívar (Bolívar), Buenaventura (Valle), Tumaco (Nariño), Valledupar (Cesar), Santa Marta (Magdalena), Ciénaga (Magdalena), Fundación (Magdalena), Tierraalta (Córdoba), Montelíbano (Córdoba), Turbo (Antioquia), Apartado (Antioquia).
- Si bien se ha declarado superado el estado de cosas inconstitucional de las victimas desplazadas en materia de participación por la Corte Constitucional mediante Auto 373/16, es evidente que aún estos derechos políticos deben ser reparados. En dicho Auto la Corte señala que “En este orden de ideas, se procederá a declarar superado el Estado de Cosas Inconstitucional frente a este componente de la política pública, pues la población desplazada en el país cuenta con un esquema robusto de participación que estableció de manera clara y definida los espacios y las condiciones necesarias para la participación, y que a pesar de las dificultades que aún se presentan en materia de garantías e incidencia, las autoridades cuentan con los mecanismos para adoptar las correcciones que permitan garantizar progresiva y sostenidamente la plena satisfacción del derecho”.
- Esta disposición fue añadida en segundo debate del proyecto.