Saltar para menu de navegação principal Saltar para conteúdo principal Saltar para rodapé do site

O ônus dinâmico da prova nos processos de desistência por chamada para habilitar atendimento, adiantamento ou retrocesso?




Secção
Artículos originales nacionales

Como Citar
Amaya Perdomo, C. E. (2022). O ônus dinâmico da prova nos processos de desistência por chamada para habilitar atendimento, adiantamento ou retrocesso?. Misión Jurídica, 15(22), 189-204. https://doi.org/10.25058/1794600X.2051

Dimensions
PlumX
Licença

DERECHOS RESERVADOS DE AUTOR

Todo documento incluido en la revista puede ser reproducido total o parcialmente, siempre y cuando se respete su contenido original, se cite la fuente y se use con fines académicos no comerciales. Misión Jurídica y su contenido se encuentra protegido bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.

Licencia Creative Commons
Misión Jurídica por Misión Jurídica se distribuye bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.
Basada en una obra en http://unicolmayor.edu.co/publicaciones/index.php/mjuridica/index.
Permisos que vayan más allá de lo cubierto por esta licencia pueden encontrarse en http://unicolmayor.edu.co/publicaciones/index.php/mjuridica/index.


Carlos Eduardo Amaya Perdomo,

Abogado egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre Seccional Bogotá. Especialista en Derecho Administrativo egresado del Instituto de Posgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre Seccional Bogotá. Magister en Derecho Administrativo del Instituto de Posgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre Seccional Bogotá. Jefe del Área Procesal de la Facultad de Derecho de la Corporación Universitaria Republicana (2017 – 2020).


O artigo explicita a figura da convocação para qualificar serviços a partir de sua base normativa, expõe suas diferenças com a aposentadoria discricionária, detalha a forma como a Força Pública deve exercer seu poder discricionário, em relação à motivação dos atos administrativos de aposentadoria dos oficiais fardados, que são demitidos pelas causas supracitadas e, indica como funciona o ônus dinâmico da prova nesses processos, quando são de conhecimento do Juízo Contencioso Administrativo. O documento analisa a jurisprudência elaborada pelo Tribunal Constitucional da Colômbia sobre o tema e retrata o conflito gerado dentro da Corporação, pela ausência de motivação no ato administrativo de aposentadoria por convocação para qualificar serviços na Força Pública, devido ao risco de violação do direito constitucional fundamental ao devido processo legal dos policiais e militares demitidos por esse motivo, que, além de desconhecer os motivos de sua demissão, devem comprovar que sua demissão se deve a ato de desvio de poder .


Visualizações de artigos 1621 | Visitas em PDF 1218


Downloads

Os dados de download ainda não estão disponíveis.
  1. Decreto 573 de 1995. Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 41 del 10 de enero de 1994, normas de carrera del personal de oficiales y suboficiales de la Policía Nacional. Abril 4 de 1995. DO. No. 41. 795
  2. Decreto Ley 1790 de 2000. Por el cual se modifica el Decreto que regula las normas de carrera del personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares. Septiembre 14 de 2000. DO. No. 44. 161
  3. Decreto Ley 1791 de 2000. Por el cual se modifican las normas de carrera del Personal de Oficiales, Nivel Ejecutivo, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional. Septiembre 14 de 2000. DO. No. 44. 161
  4. Constitución Política de Colombia [Const]. Julio 7 de 1991 (Colombia).
  5. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Constitucionalidad C – 525/95. (M. P. Vladimiro Naranjo Mesa, noviembre 16 de 1995).
  6. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Constitucionalidad C – 072/96. (M. P. José Gregorio Hernández Galindo, febrero 22 de 1996).
  7. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Constitucionalidad C – 193/96. (M. P. Hernando Herrera Vergara mayo 8 de 1996).
  8. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Constitucionalidad C – 456/98. (M. P. Antonio Barrera Carbonell, septiembre 2 de 1998).
  9. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Constitucionalidad C – 564/98. (M. P. Fabio Morón Díaz, octubre 7 de 1998).
  10. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Constitucionalidad C – 253/03. (M. P. Álvaro Tafur Galvis, marzo 25 de 2003).
  11. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Constitucionalidad C – 179/06. (M. P. Alfredo Beltrán Sierra, marzo 8 de 2006).
  12. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Tutela T – 569/08. (M. P. Rodrigo Escobar Gil, mayo 29 de 2008).
  13. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Tutela T – 297/09. (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva, abril 23 de 2009).
  14. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Tutela T – 655/09. (M. P. María Victoria Calle Correa, septiembre 17 de 2009).
  15. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Tutela T – 824/09. (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva, noviembre 19 de 2009).
  16. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Tutela T – 723/10. (M. P. Juan Carlos Henao Pérez, septiembre 13 de 2010).
  17. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Unificación SU – 917/10. (M. P. Jorge Iván Palacio Palacio, noviembre 16 de 2010).
  18. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Tutela T – 638/12. (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva, agosto 16 de 2012).
  19. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Tutela T – 265/13. (M. P. Jorge Iván Palacio Palacio, mayo 8 de 2013).
  20. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Tutela T – 719/13. (M. P. Luis Guillermo Guerrero Pérez, octubre 17 de 2013).
  21. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Unificación SU – 053/15. (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado, febrero 12 de 2015).
  22. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Unificación SU – 172/15. (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado, abril 16 de 2015).
  23. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Unificación SU – 091/16. (M. P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, febrero 25 de 2016).
  24. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Unificación SU – 217/16. (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado, abril 28 de 2016).
  25. Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Sentencia de Unificación SU 237/19. (M. P. Carlos Bernal Pulido, mayo 30 de 2019).
  26. Ley 578 de 2000. Por medio de la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias para expedir normas relacionadas con las fuerzas militares y de policía nacional. Marzo 14 de 2000. DO. No. 43. 934
  27. Ley 857 de 2003. Por medio de la cual se dictan nuevas normas para regular el retiro del personal de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional y se modifica en lo pertinente a este asunto, el Decreto-ley 1791 de 2000 y se dictan otras disposiciones. Diciembre 26 de 2003. DO. No. 45. 412
  28. Ley 1104 de 2006. Por medio de la cual se modifican artículos del Decreto 1790 de 2000, en la carrera de los integrantes de las Fuerzas Militares. Diciembre 13 de 2006. DO. No. 46. 481
  29. Ley 1437 de 2011. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Enero 18 de 2012. DO. No. 47. 956
  30. Ley 1564 de 2012. Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones. Julio 12 de 2012. DO. No. 48. 489
  31. Naranjo, V. (2014). Teoría constitucional e instituciones políticas. Bogotá: Editorial Temis.
Sistema OJS 3.4.0.5 - Metabiblioteca |